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Criptomonedas, compensación de pérdidas patrimoniales en el IRPF

¿Sabías que en el IRPF es posible compensar las pérdidas patrimoniales en criptomonedas con las ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo año fiscal? ¡Te contamos cómo hacerlo!

Calcula las pérdidas patrimoniales: Primero, calcula el monto total de las pérdidas que has sufrido en el año fiscal.

Identifica las ganancias patrimoniales: Luego, identifica las ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo año fiscal. Si no has tenido ganancias patrimoniales, no podrás compensar las pérdidas.

Aplica la compensación: Resta el monto de las pérdidas patrimoniales al de las ganancias patrimoniales. Si el resultado es negativo, podrás reducir el monto de las ganancias a declarar en tu declaración de IRPF.

Según la Agencia Tributaria, el importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto en las transmisiones de las monedas virtuales a cambio de dinero, constituyen renta del ahorro conforme a lo previsto en el artículo 46. b) de la Ley del IRPF y se integran y compensan en la base imponible del ahorro en la forma y con los límites establecidos en el artículo 49 de la misma Ley.

Recuerda que es importante mantener registros precisos de todas tus transacciones con criptomonedas para poder calcular con precisión las ganancias y pérdidas patrimoniales. Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal o contable para recibir asesoramiento personalizado.

También puedes ponerte en contacto con nosotros para realizar correctamente tu declaración.

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